Skip to content
General · Barcelona

#PAE | Es la primera vez que hacemos un evento exterior muy numeroso, ¿qué tengo que tener en cuenta en prevención de riesgos?

#PAE | Es la primera vez que hacemos un evento exterior muy numeroso,  ¿qué tengo que tener en cu

Compartir noticia

3 min. de lectura

Escuchar

eventoplus
Repensando el futuro  Cronología de una trayectoria empresarial: Medems Catering, anécdotas y vivencias del final del siglo XX  Foro MICE demanda un plan estratégico para el sector que solucione, entre otros, los problemas de oferta de espacios en Madrid
"Antes de que planifiquéis nada os recomiendo que veáis la normativa, necesidades de licencia, documentación importante, etc. Es de suma importancia el Plan de Autoprotección (PAU) que contempla todas las medidas y requisitos necesarios, así como las posibles entidades participantes e implicadas (bomberos, protección civil, policía municipal, policía – mossos, ertzaina, policía nacional, etc… la que corresponda en cada población - , limpieza, transportes públicos, etc.)". Contesta nuestro experto Daniel Carreras, director de PRL, área de Operaciones y Coordinación Corporativa en Grupo Focus, que ha gestionado recientemente el Pride Barcelona 2022.

Uno de los puntos más importantes a la hora de planificar un evento en suelo público, es la localización. Ésta nos permitirá verificar y comprobar que el espacio cumple con todas las características mínimas que permitirán la realización del evento con la máxima seguridad. Al realizarse en suelo público tendréis que estudiar las necesidades documentales requeridas: permisos, tiempos de presentación de toda la documentación requerida, etc. 

¿Vuestro evento es muy numeroso? Si afecta a una extensión de 2.000 a 4.000 personas, tenéis que elaborar un Plan de Autoprotección (PAU), cuya elaboración, implantación, mantenimiento y revisión le corresponderá al Titular de la Actividad. Si tú vas a ser esa persona (titular de la actividad) deberás: 

  1. Dirigir el plan de autoprotección o, en su caso, designar a una persona director/a del plan de autoprotección, responsable de las funciones y acciones especificadas en el plan.
  2. Designar a una persona responsable de la gestión de las actuaciones encaminadas a la prevención y el control de los riesgos.
  3. Designar a una persona jefe de emergencia, con autoridad y con capacidad de gestión, responsable de la gestión de las actuaciones encaminadas a la respuesta ante las emergencias de acuerdo con el contenido del manual de actuación.
  4. Garantizar la implantación del Plan de Autoprotección (garantizando la formación teórico-práctica de todo el personal participante en el evento).

Las responsabilidades mencionadas anteriormente pueden ser asumidas por personas diferentes o por una única persona de acuerdo con la estructura de la actividad y de forma compatible con el volumen de tareas asignadas. 

El Plan de Autoprotección deberá ser elaborado por un Técnico Competente. Este documento permitirá acompañar a toda la documentación requerida para el otorgamiento de la licencia para el comienzo de la actividad. El contenido mínimo que ha de dar cobertura el Plan de Autoprotección es el siguiente:

  1. a) La detección de la emergencia.
  2. b) La alerta a los equipos actuantes internos y la alarma a los y las ocupantes.
  3. c) El aviso, solicitud y recepción de los servicios externos de ayuda.
  4. d) El confinamiento o evacuación, según la tipología de emergencia.
  5. e) La información en emergencia a todas aquellas personas que pudieran estar expuestas al riesgo.
  6. f) La intervención coordinada. 

Sí el evento va a ser en Catalunya, el RD 82/2010 de autoprotección, en su Anexo I (Catalogo de Actividades protección civil de Cataluña), establece la obligación de realizar estos Planes de Autoprotección y en concreto en referencia a tu pregunta planteada, quedaría la extensión expuesta afectada por el apartado C: Catálogo de actividades y centros de referencia para la protección civil local, en el punto c) Conciertos o espectáculos públicos, actividades recreativas y actividades deportivas en espacios no cerrados al aire libre, no incluidos en el apartado A, con un número de asistentes previsto inferior a 15.000 personas y superior a 1.000 personas. 

El contenido del Plan de Autoprotección a desarrollar y de obligado cumplimiento en estos casos deberá contemplar todos estos puntos: Documento 1: Identificación de la instalación. Inventario, análisis y evaluación del riesgo. Documento 2: Inventario y descripción de los medios y medidas de autoprotección. Documento 3: Manual de actuación. Documento 4: Implantación, mantenimiento y actualización. Así como los Anexos: Anexo 1. Directorio de comunicaciones. Anexo 2. Formularios para la gestión de las emergencias. Anexo 3. Planos. Recopilación de los planos mencionados en los diferentes documentos del plan. Anexo 4. Fichas de actuación.

Todo este documento deberá complementarse con la realización obligatoria de la Coordinación Preventiva (RD 171/2004) de todos y cada uno de los participantes y la implantación de la misma en el evento, garantizando en todo momento la medidas de seguridad / salud de todos sus participantes. Recuerda que no existe un formulario (tipo ‘cumplimentar`) para hacer el Plan de Autoprotección, lo tenéis que redactar vosotros siguiendo todos los pasos requeridos en el RD 82/2010. 

Y tú, ¿tienes alguna pregunta?

Noticias relacionadas

Ver todas las noticias
Una activación innovadora en el MED  Contenido patrocinado
General · Barcelona

Una activación innovadora en el MED 

Tic Tac Events llega a Madrid este 17 de septiembre con una experiencia que promete.Se trata de una demostración de su juego quiz trivial diseñado p ...

Eventoplus