El Congreso aprueba La ley contra el desperdicio alimentario ¿Qué pasa ahora?
Ley de prevención del desperdicio alimentario
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La Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario ha sido desde su tramitación una norma compleja porque no solo afecta a varios actores muy diversos entre sí, sino porque su aplicación resulta especialmente complicada. Hablamos con Nacho Latre sobre qué viene ahora, muy a corto plazo.
¿Qué les dirías a empresas de caterings, productores, agencias… sobre los pasos a partir del minuto uno?
Que estén tranquilos porque, realmente, la entrada en vigor de las sanciones se va a prorrogar, creo que un año. No lo tenemos aún todo muy claro porque el BOE como tal aún no ha salido y tenemos el texto de enmiendas que son unas poderosas 99 hojas. En todo caso el tema de la entrada en vigor tampoco va a ser tan exigente para las entidades hoy. Es decir, la ley saldrá en el BOE, estará aprobada, como tal, pero el régimen sancionador no se aplicará a las diferentes entidades hasta dentro de un año a partir de su publicación en el BOE. Será en ese momento cuando se aplicarán las sanciones a las empresas que no cumplan con los objetivos de la ley.
El régimen sancionador no se aplicará hasta dentro de un año
¿Cuáles serían entonces los primeros objetivos que deben tener en cuenta?
Al final el objetivo de la ley es la prevención. Evitar el excedente, que en el caso de los caterings es nuclear porque al final es mucho dinero lo que se pierde, independientemente del imperativo moral como sociedad de que todo alimento que se genere y se produzca llegue a su consumo. Como en el caso de las empresas de catering la producción de alimentos no entra en el canal comercial ni se transforma en productos aptos para el consumo (como por ejemplo en zumos o mermeladas) que son dos de las jerarquías dentro de la prevención del excedente, lo probable es que recurran a la donación, porque muchos de esos productos ya no están aptos para generar ni siquiera algún tipo de subproducto.
1. Contar con un plan de prevención de desperdicio alimentario, salvo microempresas.
2. Aplicar la jerarquía de prioridades en la gestión de desperdicio: primero donación para consumo humano, después alimentación animal, subproductos industriales y, en última instancia, compostaje o valorización energética.
3. Facilitar al consumidor llevarse la comida no consumida, salvo en servicios tipo buffet libre, e informar claramente de ello en carta o menú. Los envases deben ser aptos para uso alimentario, reutilizables o reciclables
¿Ha cambiado la ley en este largo proceso de tramitación, en su paso por el Senado donde al parecer ha habido diversas enmiendas?
Sí, ha sido un proceso complejo, algunas enmiendas cayeron ayer. Pero en el tema que nos atañe ahora lo más destacable es que se han aligerado las sanciones que en la redacción original de la ley eran muy altas. Era exagerado porque al final estábamos en 500.000 euros más o menos en el caso de las sanciones más graves. Ahora la sanción es de 100.000 euros, una cifra considerable para una empresa que esté haciendo una gestión de sus excedentes bastante pobre, en este sentido. Pero el resto de las recomendaciones como la obligación de la donación y de contar con un plan de prevención siguen siendo nucleares en la ley.
Uno de los objetivos de esta ley es buscar la reducción del 50% del desperdicio por cápita en el comercio y en el consumo para 2030. Es aquí donde la ley obliga a todas las empresas de la cadena alimentaria a diseñar planes de prevención, y desde ese punto de partida se establece, entre otras acciones, la donación de excedentes a entidades sociales y bancos de alimentos.
Uno de los aspectos más difíciles de asumir para las empresas de caterings es la obligatoriedad más factible en hostelería, de permitir que los clientes se lleven la comida sobrante de los restaurantes. ¿Qué va a pasar con esto?
Realmente es un tema que no se ha concretado porque aquí la ley tampoco se orienta específicamente sobre cómo pueden gestionarlo los profesionales de catering. Va a ser muy interesante ver cómo la aplicación de la ley se gestionará respecto a todos los agentes, porque las particularidades son inmensas. Por ejemplo en este tema con los caterings, habrá que esperar.
La primera prioridad para las empresas es establecer unos planes de prevención. Tienen
que anticiparse al régimen sancionador
¿Cuál es la prioridad número uno hoy para empresas de caterings?
Sin duda, establecer unos planes de prevención. Tienen que anticiparse al régimen ya sancionador. Tienen que ser muy conscientes de la actividad que hacen, medir mucho más y empezar a implementar unos planes para reducir al máximo su desperdicio. Sabemos el gran problema en el mundo de los eventos del no-show, que supone un desastre a nivel organizativo. Pero incluso en este sentido, hay que contar con la máxima previsión posible para evitar en lo posible este tipo de situaciones, ser proactivos y reducir al máximo el impacto en el desperdicio alimentario. Es sobre lo que hay que trabajar en los planes de prevención. Por otra parte, no solo hablamos de impacto económico, sino también de ser conscientes que en España tenemos a casi un 10% de personas en situación de inseguridad alimentaria mientras un tercio de los alimentos producidos acaban en la basura. Respetar la normativa y luchar contra el desperdicio es, al final, un valor reputacional importante y algo que se tiene que tener en cuenta.