[PODCAST] ¿Qué cambios en las agencias y en la distribución irregular de la jornada trae el nuevo convenio?
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Puedes consultar todo el convenio en este enlace. Para conocer más sobre el convenio escucha el podcast y, si tienes más dudas, AEVEA ofrece servicios de consulta.
¿A quién afecta y aplica el convenio?
César González y Alberto Fernández explican en el podcast que el convenio lo ha negociado AEVEA con UGT y CCOO con el apoyo de Broseta Abogados. El proceso de negociación duró aproximadamente año y medio e implicó un trabajo conjunto con los sindicatos donde fue necesario explicarles la naturaleza del sector y sus necesidades, sobre todo en cuanto a la distribución de jornadas.
Quisimos centrarnos en lo que son las agencias de eventos. Agencias que, por supuesto, desarrollan y producen eventos, en las que en la fase previa de desarrollo hay un peso de estrategia, de creatividad y de diseño. Esto es lo que define nuestro ámbito laboral”.
César González, CEO de SOMOS Experiences y presidente de AEVEA en el momento de la negociación
¿Qué especifica el nuevo convenio sobre la distribución irregular de la jornada?
Debido a la particularidad de la organización de eventos, el nuevo convenio recoge la distribución irregular de la jornada, que supondrá la posibilidad de flexibilizarla de acuerdo con las necesidades del sector. Así, se podrá adaptar la jornada laboral al volumen de trabajo en las empresas, estableciendo límites semanales, mensuales y trimestrales.
Como explica Alberto, las horas semanales se pueden extender hasta 50 en momentos de alta carga laboral. Eso sí el máximo será de 180 horas mensuales. Las horas extra deben recuperarse en un plazo de tres meses con descanso o reducción de jornada.
El convenio, por supuesto, mantiene el descanso obligatorio de 12 horas entre jornadas laborales. Y sobre las horas extra especifica que se pagarán con un 35% de recarga si no pueden compensarse con descanso.
Si la agencia ha trabajado una o dos semanas muy fuerte porque ha tenido varios eventos, la semana siguiente más relajada puede coger algún día de compensación y eso va regulando que el global de las horas mensuales estén dentro de lo acordado.”
Alberto Fernández, abogado en Broseta Abogados

Reducción de la jornada laboral y tablas salariales
El convenio establece un plan escalonado de reducción de la jornada laboral: 38,5 horas en 2025, 38 en 2026 y 37,5 en 2027. Aunque, como se comenta en el podcast podría acelerarse si la ley nacional impone una reducción más rápida.
El convenio también describe los grupos profesionales y sus funciones y muestra unas tablas salariales. Por ejemplo, en el grupo 1 estarían lo/as directivo/as. En el grupo 2 lo/as jefes de cuentas, de estrategia, de producción… En el grupo 3 lo/as técnico/as. En el grupo 4 lo/as comerciales y otro/as técnico/as. En el grupo 5 puestos más junior y en el último grupo, lo/as auxiliares.
Niveles | Salario anual – Euros | Salario mensual – Euros |
Grupo 1. | 30.000,00 | 2.500,00 |
Grupo 2. | 27.000,00 | 2.250,00 |
Grupo 3. | 24.000,00 | 2.000,00 |
Grupo 4. | 21.000,00 | 1.750,00 |
Grupo 5. | 18.000,00 | 1.500,00 |
Grupo 6. | 16.000,00 | 1.333,33 |