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Nuevas normas y medidas que afectan al transporte en eventos

Nuevas normas y medidas que afectan al transporte en eventos

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Paula Rey
El Open de Golf o el Mutua Madrid Open incrementan el gasto y la descentralización turística en Madrid Consejos para aplicar el diseño circular en tus eventos El 1 de enero de 2025 entra en vigor el primer convenio colectivo estatal de empresas organizadoras de eventos
La organización y la gestión de los desplazamientos de todas las personas que participan en un evento, con independencia del tipo que se trate, son elementos clave para que se lleve a cabo con éxito. Una mala gestión del transporte a día de hoy no sólo puede acarrear retrasos o accidentes, sino también contagios por Covid19. No queremos que eso ocurra, por ello analizamos las nuevas normas y medidas de seguridad que afectan al transporte y que tendrán que aplicarse también en los eventos. Viendo  todo lo que se permite cuesta imaginar que a un grupo de profesionales se les pueda obligar a permanecer más separados en una sala de reunión donde se sabe a la perfección quién está allí y la convocatoria es una lista cerrada... Pero el momento de reflexionar y establecer comparaciones llegará cuando tengamos las medidas para la organización de eventos. Pronto se espera que salgan, mientras tanto esto es lo que sabemos sobre el transporte. Por Paula Rey

La movilidad en la nueva normalidad

Ya está preparado el nuevo Decreto Ley que articulará la nueva normalidad en España a partir del 22 de junio, cuando previsiblemente acabe el estado de alarma. Y tras la comparecencia del ministro de sanidad, Salvador Illa, se supo que una vez todo el país entre en la nueva normalidad se podrá circular por el territorio español sin restricción alguna.

Las mascarillas seguirán siendo obligatorias dentro de los coches ya que allí no se puede mantener la distancia de 1,5m que el Gobierno ha fijado como mínima. Como siempre habrá la excepción de no llevarlas si dentro del vehículo circulan personas que vivan juntas.

El transporte público

En el transporte público las mascarillas también nos seguirán acompañando de forma imprescindible para poder acceder o usar cualquier servicio de este tipo. En caso de que no cumplamos con el Decreto Ley, se estima que la multa correspondiente será de 100 euros. Además, los operadores deberán guardar los registros de los pasajeros durante un mínimo de cuatro semanas para poder realizar una trazabilidad en caso de contagios.

El transporte interprovincial y aéreo

Pese a que en mayo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) anunció que el transporte interprovincial reiniciaría operaciones este mes, ahora se asegura que tanto este sector como el transporte aéreo comenzarán a operar en julio. Agregó que se están aprobando los protocolos sanitarios tanto del transporte interprovincial como del aéreo en estas semanas.

El transporte marítimo

El Decreto Ley establece que el titular de la Dirección General de la Marina Mercante “podrá modular los niveles de prestación de los servicios de las líneas regulares de transporte marítimo de pasaje y carga rodada con el fin de garantizar el cumplimiento de las medidas sanitarias para evitar el riesgo de contagio”. Además “se encargará de ordenar a propuesta del Ministerio de Sanidad, la adopción de las medidas sanitarias que procedan para el control de los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje, incluidos los cruceros, que realicen viajes internacionales y naveguen por aguas del mar territorial con objeto de entrar en los puertos españoles abiertos a la navegación internacional”.

El transporte turístico, medidas generales

Paralelamente el Gobierno encargó al Instituto de Calidad Turística de España (ICTE) la creación de un protocolo con medidas higiénico sanitarias para 21 subsectores turísticos, entre ellos el transporte turístico. Te resumimos las medidas que incluye ese protocolo.

-De forma general, deberá utilizarse mascarilla siempre que no se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal, incluido el conductor.

-La empresa deberá establecer un plan de contingencia  y evaluación de riesgos que el conductor debe conocer.

La organización (a través del conductor o de otro personal) debe supervisar y controlar el cumplimiento por parte de los pasajeros de las medidas de prevención e higiénico-sanitarias contempladas tras el resultado de la evaluación de riesgos y en el plan de contingencia, así como de las indicadas por las autoridades sanitarias.

-La organización debe adaptar su plan de limpieza y desinfección teniendo en cuenta el resultado de la evaluación de riesgos. Como norma general, el vehículo, así como el material y equipo utilizado durante la prestación del servicio debe ser limpiado y desinfectado a la finalización del mismo. Y debe procederse a la ventilación.

En autocar, autobús y minibus

Se definirá el aforo máximo en el interior del vehículo y la distribución de los pasajeros en el mismo, atendiendo en todo caso a las directrices marcadas por las autoridades competentes y respetando en lo posible las distancias de seguridad entre pasajeros (p.e. distribución de pasajeros de forma alterna, en zigzag, etc.), entre pasajeros y conductor, y entre conductor y guía en su caso.

Se evitará el uso del asiento de trasportín, y primera fila de asientos, por ser lugar de paso y por su cercanía al conductor.  

– Se establecerá la sistemática necesaria para evitar aglomeraciones de los pasajeros a la subida o bajada del vehículo. Los pasajeros accederán al vehículo por la puerta trasera, manteniendo en la medida de lo posible la distancia interpersonal.

-Los pasajeros, si bajan del vehículo y vuelven a subir en el mismo vehículo (viaje organizado con paradas intermedias), se sentarán en el mismo asiento; para ello, será necesario que la identificación/numeración de los asientos sea visible.

– Si se facilitan auriculares, serán desechables.

Rent a car  

Vehículos sin conductor

Se limpiará y desinfectará el vehículo tras cada servicio. Si no se garantiza la limpieza y desinfección entre cliente y cliente no se podrá poner a disposición del cliente este servicio.

Se establecerá un sistema de rotación de los vehículos que permita aumentar el tiempo entre uso y uso del vehículo, de forma que una vez el vehículo sea entregado por el cliente, sea el último en volverse a usar.

– De forma concreta, en el servicio de motos de alquiler se ofrecerán gorros higiénicos desechables.

Vehículos con conductor hasta nueve plazas, incluido el conductor

-Los trabajadores de los servicios de transporte de vehículo con conductor hasta nueve plazas que tengan contacto directo con los viajeros deberán ir provistos de mascarillas y tener acceso a solución desinfectante para practicar una higiene de manos frecuente.

-En cualquier caso, se atenderá a lo dispuesto en cuanto al uso de mascarillas para los usuarios y las condiciones de ocupación de los vehículos a lo establecido en cada momento por las autoridades competentes.

Se recomienda el uso de mampara entre el conductor y los pasajeros.

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